¿Qué pasa si no tienes el DeCA el 5 de octubre de 2026?

Última actualización: 28 de julio de 2026

Desde el 5 de octubre de 2026, circular sin un DeCA conforme en el transporte interior de mercancías es una infracción grave de la LOTT: multa de 401 a 2.000 € y posible inmovilización del vehículo junto con la mercancía.

Los riesgos concretos

A partir de esa fecha, presentar el documento en papel equivale a no presentar un documento válido. Circular sin documento de control válido conlleva:

El bulo de los 18.000 €

Circula la cifra de 18.000 € asociada al DeCA. No corresponde. Ese tope pertenece a las infracciones muy graves de la LOTT —por ejemplo, realizar transporte público sin la autorización preceptiva—, no a la falta del documento de control. La ausencia o el defecto del DeCA se sitúa en el tramo de infracción grave.

Por qué esperar al último momento es un riesgo

La fecha es fija y no hay prórroga. Afecta a muchos operadores a la vez, así que la demanda de adaptación se concentrará en las últimas semanas. Prepararte con antelación evita prisas, errores de datos y exposición desde el primer día de vigencia.

Cómo ponerte en regla

Con decalisto conviertes los documentos que ya emites en DeCA conforme —PDF/A validado, QR verificable, alojamiento y conservación legal de un año— sin cambiar tu forma de trabajar.

Comprueba antes de que te pare un control

El validador es gratuito y sin registro. Si tu documento no pasa, sabrás exactamente por qué.

Preguntas frecuentes

¿Qué sanción hay por no llevar el DeCA?

Circular sin documento de control válido es infracción grave de la LOTT: multa de 401 a 2.000 €, y de 401 a 600 € cuando se trata de carencia o falta de datos esenciales del documento. El vehículo puede quedar inmovilizado junto con la mercancía. Confirma la tipificación aplicable a tu caso con tu gestor.

¿Es cierto que la multa puede llegar a 18.000 €?

No por la falta del DeCA. El tope de 18.000 € corresponde a infracciones muy graves de la LOTT, como realizar transporte público sin la autorización preceptiva. La ausencia o el defecto del documento de control se sitúa en el tramo de infracción grave.

¿A partir de cuándo me pueden sancionar?

Desde el 5 de octubre de 2026, fecha de entrada en vigor de la obligatoriedad fijada por la Ley 9/2025. No hay prórroga ni periodo transitorio adicional.

¿Me sirve llevar el documento en papel?

No a partir del 5 de octubre de 2026. Desde esa fecha el documento de control debe ser electrónico, con PDF nativo y QR verificable; presentar papel equivale a no presentar un documento válido.

¿Cuál es la forma más rápida de ponerme en regla?

Convertir los documentos que ya emites en DeCA conforme, sin cambiar de proceso. Antes de nada puedes comprobar gratis y sin registro si tu documento actual pasaría un control.

Sigue leyendo

Fuentes: Ley 9/2025 (BOE núm. 291, 4/12/2025) · Resolución de 5 de junio de 2026 (BOE-A-2026-12784) · Orden FOM/2861/2012 · Orden FOM/1230/2013 · LOTT. Esta página no constituye asesoramiento jurídico: para tu caso concreto, consulta con tu gestor.