Ley 9/2025 y el DeCA: qué cambia el 5 de octubre de 2026
Última actualización: 28 de julio de 2026
La Ley 9/2025, de 3 de diciembre, de Movilidad Sostenible (BOE núm. 291, de 4 de diciembre de 2025; en vigor el 5 de diciembre de 2025) establece la obligatoriedad del DeCA a partir del 5 de octubre de 2026. Si trabajas en el transporte de mercancías por carretera, cambia cómo documentas tus portes.
Qué introduce la Ley 9/2025
Su disposición transitoria establece que el documento de control del transporte —regulado por la Orden FOM/2861/2012 y el art. 222 del RD 1211/1990 (ROTT)— debe ser necesariamente digital a los diez meses de la entrada en vigor de la ley. En resumen:
- Digitaliza y hace obligatorio el documento de control del transporte de mercancías.
- Fija la fecha de aplicación: 5 de octubre de 2026, sin prórroga.
- Remite los requisitos técnicos a la Resolución de 5 de junio de 2026 (BOE-A-2026-12784).
Qué exige la Resolución de 5 de junio de 2026
Es la norma que describe el documento en sí. Entre otros requisitos:
- PDF nativo generado desde datos estructurados —no vale un escaneo ni una foto—, de hasta unos 5 MB.
- Código QR que enlaza a la URL única del documento, descargable sin credenciales.
- Conservación mínima de un año, por si hay inspección posterior.
A quién afecta
Al transporte interior de mercancías por carretera, nacional y cabotaje: autónomos, empresas de transporte y gestorías que gestionan la documentación de sus clientes. Queda excluido el transporte internacional. Para viajeros, el equivalente es la HeRU (Orden FOM/1230/2013), también exigible digitalmente el 5 de octubre de 2026.
Qué tienes que hacer antes del 5 de octubre
- Comprobar si tus documentos actuales ya cumplen, con el validador gratuito.
- Adaptar la emisión: del papel al DeCA electrónico conforme (PDF nativo + QR).
- Automatizarlo, para no depender de hacerlo a mano en cada porte.
Cómo te adaptas sin cambiar de proceso
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Preguntas frecuentes
¿Qué es la Ley 9/2025?
Es la Ley de Movilidad Sostenible, de 3 de diciembre de 2025, publicada en el BOE núm. 291 del 4 de diciembre de 2025 y en vigor desde el 5 de diciembre de 2025. Entre otras medidas, obliga a digitalizar el documento de control del transporte de mercancías por carretera.
¿Desde cuándo se aplica el DeCA según la Ley 9/2025?
Desde el 5 de octubre de 2026, sin prórroga. Su disposición transitoria fija la digitalización obligatoria del documento de control a los diez meses de la entrada en vigor de la ley.
¿Qué norma fija los requisitos técnicos del documento?
La Resolución de 5 de junio de 2026 (BOE-A-2026-12784): PDF nativo generado desde datos estructurados, tamaño máximo de unos 5 MB, código QR que enlaza a la URL única del documento y conservación mínima de un año.
¿La Ley 9/2025 afecta al transporte internacional?
No en cuanto al DeCA. La obligación cubre el transporte interior de mercancías, nacional y cabotaje. El transporte internacional se documenta con los instrumentos de los convenios internacionales, como el CMR.
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Fuentes: Ley 9/2025 (BOE núm. 291, 4/12/2025) · Resolución de 5 de junio de 2026 (BOE-A-2026-12784) · Orden FOM/2861/2012 · Orden FOM/1230/2013 · LOTT. Esta página no constituye asesoramiento jurídico: para tu caso concreto, consulta con tu gestor.